Prohíben la utilización del herbicida glifosato en Rosario

En marzo de 2017, en Ginebra, expertos de la ONU declararon que, el uso excesivo de pesticidas constituye un riesgo para la salud y remarcaron la obligación que tienen los gobiernos de resguardar a los niños del peligro de los agrotóxicos.
“El glifosato es tan cancerígeno como el PCB (prohibido a nivel nacional por la ley Nº 25.670 y, en la ciudad de Rosario, por la Ordenanza 7132/2000) y el formaldehído, ambos miembros del Grupo 2A”.
Las Comisiones de Salud y Acción Social y Ecología y Medio Ambiente  consideraron el proyecto de  Ordenanza presentado por los Concejales Osvaldo Miatello y Pedro Salinas, que expresa:

“Visto: Que la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer (IARC-OMS) ha incluido al glifosato en el grupo 2A de principios activos que “se clasifican como probables carcinógenos para los seres humanos” y 
Considerando: Que el glifosato es el herbicida de mayor uso en la agricultura a nivel mundial;

Que es empleado en campos destinados a la producción de soja transgénica, maíz, girasol, algodón, cítricos, manzana, pera, membrillo, uva, yerba mate, pinos y trigo a lo largo de todo el territorio argentino;

Que según informes del IPEC del año 2015, en el departamento Rosario un total de 61.461 hectáreas estaban siendo utilizadas para la siembra y producción de soja;
Que en el caso particular la ciudad de Rosario, un total de 309 hectáreas están afectadas a la siembra y producción de soja; 

Que  según datos del ISAAA (International Service for the Acquisition of Agri-Biotech Applications), en el año 2016, Argentina se posiciono tercero en el ranking mundial de producción transgénica con 23.8 millones de hectáreas, solo superada por Brasil y EE.UU.;
Que por la nueva clasificación de la IARC, “el glifosato es tan cancerígeno como el PCB (prohibido a nivel nacional por la ley Nº 25.670 y, en la ciudad de Rosario, por la Ordenanza 7132/2000) y el formaldehído, ambos miembros del Grupo 2A”;

Que en marzo de 2017, en Ginebra, expertos de la ONU declararon que, el uso excesivo de pesticidas constituye un riesgo para la salud y remarcaron la obligación que tienen los gobiernos de resguardar a los niños del peligro de los agrotóxicos;
Que una investigación elaborada en 2014 por el Centro de Investigaciones del Medio Ambiente (CIMA) que pertenece a la Facultad de Ciencias Exactas de la Universidad Nacional de La Plata, evidencio que estas sustancias toxicas también se evaporan y caen con las lluvias;

Que un estudio realizado por científicos del CONICET y publicado en el 2016, en la revista internacional “Enviromental Monitoring and Assessment”, determinó la presencia  de  altos niveles de glifosato y su degradación en toda la cuenca del Paraná, incluyendo las costas santafesinas;

Que otro estudio realizado por la Facultad de Ciencias Exactas de la Universidad Nacional de Buenos Aires (UBA) reveló que la exposición al glifosato puede afectar el sistema nervioso de las abejas;

Que la ley Provincial Nº 11.273 pone en primera instancia la protección de la salud humana y los recursos naturales y luego, la producción agrícola;
Que la ciudad de Rosario cuenta con normas como la Ordenanza 7274/02 que establece el Programa Permanente de Control e Información sobre el uso de Biocidas;

Que también se encuentra en vigencia la Ordenanza 8871/11 que regula el uso de productos fitosanitarios y establece las fronteras de aplicación de los mismos;
Que  la Ordenanza citada en el considerando anterior, en su artículo nº 9 establece que los productores agropecuarios deberán “Utilizar productos sanitarios permitidos por la legislación vigente”;

Que se encuentra pendiente una respuesta al Decreto 45.887/16, aprobado en junio del año pasado, que solicita se informe sobre las acciones realizadas en cumplimiento de la Ordenanza citada en el considerando anterior;
Que este cuerpo legislativo aprobó el Decreto 47.386/16, que  solicita al D.E., estudie la posibilidad de prohibición del herbicida conocido como glifosato en todo el ejido urbano de la Ciudad de Rosario.

Que el Sr. Eduardo Rossi, presento en el expediente 235.636 que exige la prohibición del glifosato en todo el territorio de la ciudad de Rosario;
Que numerosos  países (Holanda, Malta, Sri Lanka, entre otros) y municipios (Barcelona, Madrid, Hamburgo, Edimburgo, Minneapolis, etc.), a lo largo del mundo, han prohibido su uso;
Que en Francia está prohibido el uso de glifosato en los espacios públicos abiertos, y desde el gobierno han manifestado que prohibirán su uso en jardines particulares a partir del 2019;       
Que varias localidades como El Bolsón y Bariloche (Rio Negro), Epuyén, Lago Puelo y Cholila (Chubut), Montecarlo (Misiones) han prohibido el uso de glifosato;
Que  es necesario tomar medidas que aseguren el cuidado del ambiente y el correcto uso de los recursos, “para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer la de las necesidades futuras” (Art 41° de la Constitución Nacional);”      
Es por lo expuesto que estas comisiones elevaban para su aprobación el siguiente proyecto de:
                                                            O R D E N A N Z A
Artículo 1º.-  Prohíbase en todo el ejido de la ciudad de Rosario la utilización y aplicación del herbicida Glifosato en todas sus variantes, tanto para uso agronómico como así también para espacios públicos y jardines particulares.
Art. 2º.- La autoridad de aplicación de la presente norma será la Secretaría de Ambiente y Espacio Público a través de la Sub Secretaría de Medio Ambiente de la Municipalidad de Rosario.
Art. 3º.- La autoridad de aplicación será la encargada de la difusión de la presente Ordenanza y de medidas alternativas para el control de malezas, atentas al cuidado del medio ambiente y la salud de las personas.
Art. 4º.- El uso de productos prohibidos por la presente Ordenanza será penado de acuerdo a lo establecido en los artículos 10 y 10.1 de la Ordenanza Nº 8.871/11.

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