Las Comisiones de Obras Públicas y Gobierno, consideraron
el proyecto de Ordenanza presentado por los
Concejales Boasso, Cavallero, Miatello y Giuliano, quienes encomiendan.
Visto: La cantidad ascendente de accidentes de tránsito con lesionados en la
ciudad de Rosario y la influencia que tiene en los mismos la conducción bajo
los efectos del alcohol.
Considerando: Que la cantidad de accidentes de tránsito acontecidos en la ciudad de
Rosario cada año es ascendente.
Que es preocupante que durante la última década las infracciones de
tránsito y incidentes viales no hayan descendido. Conforme a los informes
estadísticos del SIDEAT las colisiones entre vehículos se han mantenido en un
promedio de 2100 choques sin lesionados mensuales. Asimismo, el último Informe
anual publicado del Observatorio de Seguridad Vial de nuestra ciudad (año 2010)
señala un incremento en las colisiones entre vehículos de 20%.
Que el incremento de controles conlleva una disminución inmediata en
cuanto a los positivos detectados conforme datos brindados por la Secretaría
General de Control y Convivencia Ciudadana
Que conforme
el informe brindado por la nombrada Secretaría
a medida que se han incrementado los controles han ido decreciendo los
resultados positivos en cuanto a la conducción bajo los efectos del alcohol.
Que en
ese sentido los informes arrojados por esta secretaría arrojan que en el 2013
se realizaron 4141 controles resultando el porcentaje de pruebas positivas del
16%, que en el 2014 se realizaron 10520 controles de alcohol, resultando el
porcentaje de pruebas positivas del 14% y en el 2015 ya se llevan realizados 10671 descendiendo el porcentaje de pruebas
positivas al 9 %.
Que es necesario que el Municipio se involucre en esta problemática
realizando controles post, al momento de los siniestros a los fines de tener
real dimensión de la problemática del alcohol al volante en nuestra ciudad.
Que estos datos son imprescindibles para realizar acciones tendientes a
reducir los siniestros en nuestra ciudad, especialmente aquellos en los que los
conductores se encuentran bajo los efectos del alcohol.
Que en aquellos accidentes donde
hay lesionados la intervención del municipio a través
del Sistema Integrado de Emergencias Sanitaria es inmediata, siendo el
personal de este sector el indicado para realizar estos controles, cuando las
circunstancias así lo permitan.
Por lo expuesto y
atento a lo expresado, por esta Comisión solicitan la aprobación del siguiente
proyecto de:
ORDENANZA
Artículo 1º: Impleméntese, en los siniestros viales que fruto del
mismo hubiere lesionados, la realización de controles de alcoholemia
al/los conductores involucrados dentro del ejido de la ciudad de Rosario
Artículo 2: Estos controles serán realizados
por la Secretaría General de Control y Convivencia al momento del arribo al
lugar del siniestro, y en aquellas circunstancias que así lo permitan
Artículo 3º: Encomiéndese al Departamento
Ejecutivo provea de los instrumentos técnicos necesarios y homologados por
autoridad competente, a los fines de poner en práctica lo dispuesto en los
artículos precedentes
Artículo 4°: Aquellos conductores cuyos
exámenes de alcoholemia den resultado positivo serán pasibles de las multas
dispuestas en el Código de Faltas de Rosario conforme la graduación alcohólica
detectada.
Artículo 5º: La implementación de estos
controles deberá realizarse con el apoyo de efectivos policiales de la Unidad
Regional II a los fines de brindar un marco de contención y respaldo a
quienes tengan a su cargo la realización
de los controles.
Artículo 6º: Facúltese al Departamento
Ejecutivo a realizar los convenios necesarios con la Provincia de Santa Fe a
efectos de cumplimentar lo dispuesto en el artículo 4° de la presente.