ANSES: MORATORIA PARA JUBILARSE

Normalmente ocurre que los trabajadores en relación de dependencia, así como los autónomos, llegan a la edad jubilatoria, pero no poseen todos los años de aportes requeridos a tal efecto (30 años en total). De ésta manera, los interesados podrán acceder a una moratoria a los efectos de completar los aportes faltantes y poder jubilarse.
La moratoria se efectúa con clave fiscal, a través del sitio web de la AFIP, accediendo al servicio “SICAM – Sistema de información para contribuyentes autónomos y monotributistas”.
La Ley de Moratoria Previsional (Ley Nº 24476), posibilita comprar periodos entre 1955 y el 30 de septiembre de 1993 ingresarndo a la moratoria previsional . Se establece la fecha de 1955 porque a partir de ese año comenzó a regir la caja de autónomos.
Ejemplo: Una persona que nació el 15/3/1961 cumplió los 18 años el 15/3/1979 puede ingresar a la moratoria desde 4/1979 hasta 9/1993, regularizando en total 14 años y 6 meses.
Cabe destacar, que al efectuar la adhesión al plan de facilidades (moratoria) por el SICAM, se debe tener presente que el mismo, no será susceptible de modificación alguna con posterioridad al otorgamiento y puesta al pago de la prestación solicitada, es decir que hay que prestar especial atención al confeccionarla, motivo por el cual es conveniente consultar a un Contador a los efectos de la correcta confección de la moratoria.

Como se realiza el pago

La ANSES establece que es requisito indispensable haber abonado tanto la 1ra. cuota de la moratoria como así también las sucesivas cuyos vencimientos operen antes de la presentación ante ANSES en demanda de la prestación (es decir, antes de solicitar al ANSES la jubilación).
Una vez iniciado el trámite las restantes cuotas serán descontadas por ANSES del haber de la prestación otorgada, salvo aquellas solicitudes que de acuerdo a las normativas vigentes deban abonar el total de la deuda en un solo pago.


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